Micelio

Artículo 6

Ley 68 de 1923 · Por la cual se fija el personal de unas oficinas de Hacienda y se adoptan algunas disposiciones fiscalesVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1º de enero de 1924 quedarán suprimidos el Procurador de Hacienda y su Ayudante, y los Visitadores Fiscales establecidos por leyes anteriores. El Gobierno podrá nombrar Visitadores Fiscales y asignarles funciones que no pugnen con las del Contralor General. El Gobierno señalará las asignaciones y viáticos de tales funcionarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 68 de 1923