Micelio

Artículo 6

Apoyo A La Infraestructura Turística

Ley 2505 de 2025 · por la cual se exalta al territorio del desaparecido armero y se declara como bien de interés cultural y se declara al Volcán Nevado del Ruiz como patrimonio natural de la nación y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Comercio industria y Turismo, las entidades territoriales de los departamentos y municipios de Tolima, Caldas, Risaralda y Quindío podrán destinar recursos para mejorar, adecuar y desarrollar la infraestructura turística en el municipio de Armero - Guayabal, en aquellas poblaciones que hicieron parte de la ruta de la avalancha de 1985, y en los municipios ubicados en la zona de influencia del volcán Nevado del Ruiz.

Estas intervenciones podrán incluir la implementación de señalización interpretativa, centros de memoria e interpretación cultural y ambiental, senderos ecológicos, puntos de información turística, espacios para el comercio local, baños públicos, alojamientos rurales comunitarios y demás servicios necesarios para el adecuado funcionamiento del turismo sostenible.

Con el fin de garantizar condiciones adecuadas para los visitantes y las comunidades locales, las entidades territoriales también podrán adelantar acciones orientadas a la seguridad turística, tales como la instalación de puntos de orientación y atención de emergencias, infraestructura básica de mitigación del riesgo, sistemas de comunicación y rutas de evacuación señalizadas, en articulación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y las autoridades de seguridad y Parques Nacionales.

Las inversiones buscarán articularse con las estrategias de turismo comunitario, ecoturismo y patrimonio promovidas por las entidades territoriales, procurando la integración de la infraestructura existente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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