Artículo primero. Cédese la propiedad a la Vicaría Apostólica de Valledupar, con destino al funcionamiento de un colegio regentado por religiosas, un globo de terreno de propiedad de la Nación, junto con las edificaciones en él existentes, situado en la población de La Paz, Municipio de Robles, Departamento del Magdalena, y alinderado así: Por el Norte, en extensión de 98,80 metros, con calle pública; por el Sur, en extensión de 98.85 metros, con otra calle pública: por el Este, en extensión de 43.13 metros, con la carretera Riohacha - Valledupar, y por el Occidente, en extensión de 32.38 metros, con la Avenida Santander.
Autorízase al Ministro de Obras públicas para formalizar la anterior cesión mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública.