Micelio

Artículo 11

Decreto 1620 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Desarrollo del Sector. Son funciones de la dirección de desarrollo del sector las siguientes

1.

Diseñar, formular y proponer políticas de tecnología de información del Estado para promover el desarrollo masivo del conocimiento, así como coordinar y estandarizar los esfuerzos informáticos en el gobierno nacional.

2.

Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales del sector de las comunicaciones en cuanto a tecnologías de información y comunicaciones, reglamentación, administración del espectro electromagnético con excepción de lo dispuesto en artículo 76 de la Constitución Política y servicio postal.

3.

Formular la visión del sector y participar en las políticas para el desarrollo del sector de las comunicaciones.

4.

Asesorar al Ministro en la definición de la posición del Ministerio con relación a la regulación de las comunicaciones.

5.

Organizar, dirigir, promover y divulgar el desarrollo de nuevas oportunidades de negocio del sector involucrando inversionistas para el sector de las comunicaciones.

6.

Planear y atribuir el espectro radioeléctrico con excepción de lo dispuesto en artículo 76 de la Constitución Política, conforme a la normatividad vigente.

7.

Notificar e inscribir ante los organismos internacionales pertinentes, la atribución de espectro radioeléctrico y posiciones orbitales con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política.

8.

Recomendar los parámetros de valoración por el uso del espectro radioeléctrico y estudiar la estructura de contribuciones del sector de las comunicaciones conforme a la normatividad vigente.

9.

Coordinar y ejecutar los estudios de impacto socioeconómico generados por los proyectos de desarrollo de los servicios de comunicaciones.

10.

Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales de tecnologías de la información.

11.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1620 de 2003