Micelio

Artículo 11

Decreto 1620 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Desarrollo del Sector. Son funciones de la dirección de desarrollo del sector las siguientes

1.

Diseñar, formular y proponer políticas de tecnología de información del Estado para promover el desarrollo masivo del conocimiento, así como coordinar y estandarizar los esfuerzos informáticos en el gobierno nacional.

2.

Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales del sector de las comunicaciones en cuanto a tecnologías de información y comunicaciones, reglamentación, administración del espectro electromagnético con excepción de lo dispuesto en artículo 76 de la Constitución Política y servicio postal.

3.

Formular la visión del sector y participar en las políticas para el desarrollo del sector de las comunicaciones.

4.

Asesorar al Ministro en la definición de la posición del Ministerio con relación a la regulación de las comunicaciones.

5.

Organizar, dirigir, promover y divulgar el desarrollo de nuevas oportunidades de negocio del sector involucrando inversionistas para el sector de las comunicaciones.

6.

Planear y atribuir el espectro radioeléctrico con excepción de lo dispuesto en artículo 76 de la Constitución Política, conforme a la normatividad vigente.

7.

Notificar e inscribir ante los organismos internacionales pertinentes, la atribución de espectro radioeléctrico y posiciones orbitales con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política.

8.

Recomendar los parámetros de valoración por el uso del espectro radioeléctrico y estudiar la estructura de contribuciones del sector de las comunicaciones conforme a la normatividad vigente.

9.

Coordinar y ejecutar los estudios de impacto socioeconómico generados por los proyectos de desarrollo de los servicios de comunicaciones.

10.

Investigar acerca de las nuevas tendencias nacionales e internacionales de tecnologías de la información.

11.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1620 de 2003