Micelio

Artículo 2

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá, Agosto24 De 1880

Ley 108 de 1880 · Que ordena la liquidación, reconocimiento i pago de un crédito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En el Presupuesto de gastos para la vijencia económica próxima se votará la partida correspondiente hasta por quinientos diez pesos ($ 510) para mandar pagar lo que se reconozca a favor del señor Marcelino Castro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 108 de 1880