Micelio

Artículo 1

Crear Los Siguientes Empleos En La Planta Global De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales (Dian): Planta Global Número De Empleos Denominación Del Empleo Código Grado 1 (Uno) Inspector Iii 307 07 2 (Dos) Inspector Ii 306 06 40 (Cuarenta) Gestor Iv 304 04 12 (Doce) Gestor Iii 303 03 317 (Trescientos Diecisiete) Gestor Ii 302 02 540 (Quinientos Cuarenta) Gestor I 301 01 112 (Ciento Doce) Analista V 205 05 79 (Setenta Y Nueve) Analista Iv 204 04 137 (Ciento Treinta Y Siete) Analista Iii 203 03 61 (Sesenta Y Uno) Analista Ii 202 02 9 (Nueve) Analista I 201 01 66 (Sesenta Y Seis) Facilitador Iv 104 04 111 (Ciento Once) Facilitador Iii 103 02 10 (Diez) Facilitador Ii 102 01 1 (Uno) Facilitador I 101 01

Decreto 2393 de 2015 · por el cual se modifica la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Crear los siguientes empleos en la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN): PLANTA GLOBAL Número de empleos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Inspector III 307 07 2 (dos) Inspector II 306 06 40 (cuarenta) Gestor IV 304 04 12 (doce) Gestor III 303 03 317 (trescientos diecisiete) Gestor II 302 02 540 (quinientos cuarenta) Gestor I 301 01 112 (ciento doce) Analista V 205 05 79 (setenta y nueve) Analista IV 204 04 137 (ciento treinta y siete) Analista III 203 03 61 (sesenta y uno) Analista II 202 02 9 (nueve) Analista I 201 01 66 (sesenta y seis) Facilitador IV 104 04 111 (ciento once) Facilitador III 103 02 10 (diez) Facilitador II 102 01 1 (uno) Facilitador I 101 01

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2393 de 2015