Micelio

Artículo 1

Decreto 1564 de 1949 · por el cual se adscribe al Ministerio de Comercio e Industrias lo relacionado con el ramo de Transportes.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Desde la fecha del presente Decreto , el Departamento de Transportes que ha venido funcionando como dependencia del Ministerio de Obras Públicas, pasará a formar parte del Ministerio de Comercio e Industrias, a quien se atribuye el conocimiento de todos lo negocios relacionados con el ramo de Transportes y Tarifas.

Parágrafo

El organismo de que se trata continuará funcionando con el nombre de Departamento Nacional de Transportes y Tarifas, y pasará al Ministerio de Comercio e Industrias con todo su personal y conservando las mismas atribuciones y sueldos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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