° Establécese la exención de derechos de aduana e impuestos para la importación de equipos, elementos y materiales para el sistema de comunicaciones, radio-ayudas de navegación y de meteorología con destino al Aeropuerto Internacional, por la suma de US$496.172.70, y de equipos, accesorios y elementos para la instalación del sistema de radiocomunicaciones, por la suma de US$1.0074.907.50, según contratos suscritos por la Empresa Colombiana de Aeródromos con N.V. Phillips Telecomunicatie Industrie, y Phillips Colombiana, S. A., con fecha 20 de marzo de 1959, y 12 de junio de 1959, respectivamente.
Decreto 1735 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Establécese La Exención De Derechos De Aduana E Impuestos Para La Importación De Equipos, Elementos Y Materiales Para El Sistema De Comunicaciones, Radio-Ayudas De Navegación Y De Meteorología Con Destino Al Aeropuerto Internacional, Por La Suma De Us$496
Decreto 1735 de 1959 · Por el cual se autoriza una exención en la Empresa Colombiana de Aeródromos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.