Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Justicia

Decreto 3893 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Justicia).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA. Capítulo 15. Del artículo 150. Para arrendamiento de locales al servicio de las oficinas de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, en el año $ 4.010.00 Capítulo 18. Del artículo 177. Para arrendamiento de locales con destino a las oficinas de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, en el año 15.540.00 Suman los contracréditos $ 19.550.00 Capítulo 25. Al artículo 241. Para útiles de escritorio, enseres, elementos de aseo e higiene, servicios, de luz y fuerza eléctrica, teléfonos, elementos de enseñanza escolar y demás gastos de las Penitenciarías, Cárceles de Distrito y de Circuito, Reclusiones de Mujeres y Colonias Penales, en el año $ 16.000.00 Capítulo 26. Al artículo 248. Para el pago de vacaciones no concedidas, y en caso de cesantía, a los empleados de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Justicia, en el año 3.550.00 Suman los créditos $ 19.550.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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