Art. 3.° Los Oficiales de Secretaría del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, creados por el artículo 87 de la ley 61 de 1886, gozarán cada uno desde el día 1° de Enero del presente año, de la asignación mensual de cincuenta pesos ($ 50).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.