Modifíquese el artículo 51 del Decreto 1500 de 2007, el cual quedará así: "Artículo 51. Costos. En caso de presentarse eventos durante la inspección en los que se requiera pagos por costos de almacenamiento, análisis de laboratorios, certificaciones, destrucción, entre otros, estos deberán ser asumidos por el importador".
Decreto 2270 de 2012 →Vigente
Artículo 21
Modifíquese El Artículo 51 Del Decreto 1500 De 2007, El Cual Quedará Así: "artículo 51
Decreto 2270 de 2012 · por el cual se modifica el Decreto 1500 de 2007, modificado por los Decretos 2965 de 2008, 2380, 4131, 4974 de 2009, 3961 de 2011, 917 de 2012 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.