Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Guerra Capítulo 40

Decreto 3621 de 1950 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Guerra)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GUERRA Capítulo 40. Del artículo 393. Para combustibles, grasas y lubricantes, en el año 30.000.00 Del artículo 405. Para alimentación, aseo, herraje, sanidad y alojamiento de ganado, en el año 20.000.00 Suman los contracréditos 50.000.00 Capítulo 40. Al artículo 402. Para transportes, auxilios de marcha y viáticos, en el año 30.000.00 Al artículo 404. Para adquisición de ganado, en el año 20.000.-00 Suman los créditos 50.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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