Inscripciones . Las personas interesadas en intervenir en la audiencia pública, deberán inscribirse en la Secretaría General o la dependencia que haga sus veces en las autoridades ambientales, en las sedes regionales, alcaldías o personerías municipales.
Las personas interesadas en intervenir en la audiencia pública, podrán realizar su inscripción a partir de la fijación del aviso al que se refiere el artículo 18 del presente Decreto y hasta con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de su celebración.