Micelio

Artículo 6

Los Distritos Judiciales En Que Se Dividen El País Tendrán Los Siguientes Juzgados Superiores

Decreto 1356 de 1964 · Por el cual se establece la División Territorial Judicial del país, se crean cargos en la Rama Jurisdiccional y en el Ministerio Público, se fijan las asignaciones del personal judicial y del Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Distritos Judiciales en que se dividen el país tendrán los siguientes juzgados superiores. 1º Departamento de Antioquia El de Medellín, siete (7). Los seis primeros con residencia en Medellín y jurisdicción en los Municipios de Amaga, Angelópolis, Armenia, Barbosa, Belmira, Bello, Caldas, Caramanta, Copacabana, Ebéjico, Entrerrios, Don Matías, Envigado, Fredonia, Girardota, Guarne, Heliconia, Itagüí, La Ceja, La Estrella, Medellín, Montebello, San Pedro, Santa Bárbara, Támesis, Titiribí, Valparaíso y Venecia, y el séptimo con residencia en Sonsón, y jurisdicción en los Municipios de Arbejorral, Argelia, La Unión, Nariño y Sonsón. El de Andes, dos (2) con residencia en Andes, y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Yolombó, uno (1) con residencia en Yolombo y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Yarumal, uno (1) con residencia en Yarumal y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El Rionegro, uno (1) con residencia en Rionegro y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Antioquia, dos (2) con residencia en Antioquia y con jurisdicción en todo el Distrito Judicial 2º Departamento del Atlántico El de Barranquilla, cinco (5) con residencia en Barraquilla y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 3º Departamento de Bolívar El Departamento de Cartagena, dos (2) con residencia en Cartagena y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Sincelejo, uno (1) con residencia en Sincelejo y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Magangué, uno (1) con residencia en Magangué y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 4º Departamento de Boyacá El de Tunja, dos (2), con residencia en Tunja y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Chiquinquirá, uno (1), con residencia en Chiquinquirá y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Guateque, uno (1), con residencia en Guateque y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Santa Rosa de Viterbo, uno (1), con residencia en Santa Rosa de Viterbo y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Soata uno (1), con residencia en Soata y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Sogamoso uno (1), con residencia en Sogamoso y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 5º Departamento de Caldas El de Manizales, cinco (5), con residencia en Manizales y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Anserma, dos (2). El primero con residencia en Riosucio y jurisdicción en los Municipios de Marmato, Riosucio, Quinchía y Supía, y el segundo con residencia en Anserma y jurisdicción en los Municipios de Anserma, Belén de Umbría, Belalcázar, Guática, Mistrato, Risaralda y Viterbo. El de Pereira, cuatro (4), con residencia en Pereira y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Armenia, cuatro, (4), con residencia en Armenia y jurisdicción en todo el Distrito judicial 6º Departamento el cauca El de Popayán, dos (2), con residencia en Popayán y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Santander, uno (1), con residencia en Santander y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Bolívar, uno (1), con residencia en Bolívar y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 7º Departamento de Córdoba El de Montería, tres (3), con residencia en Montería y jurisdicción en todo el Distrito Judicial 8º Departamento de Cundinamarca El de Bogotá, ocho (8), en con residencia en Bogotá y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Zipaquirá, dos (2), con residencia en Zipaquirá y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Girardot, dos (2), con residencia en Girardot y jurisdicción en todos los Distrito Judiciales El de Facatativá, dos (2), con residencia en Facatativá y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Gacheta, uno (1), con residencia en Gacheta y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El Cáqueza, uno (1), con residencia en Cáqueza y jurisdicción en todo el Distrito Judicial 9º Departamento del Choco El de Quibdó, dos (2), con residencia en Quibdó y jurisdicción en todo el Distrito Judicial 10º Departamento del Huila El de Neiva, dos (2), con residencia en Neiva y jurisdicción en todo el Distrito judicial El de Garzón, tres (3), el primero con residencia en Garzón, y jurisdicción en los Municipios de Agrado, Acevedo, Altamira, Garzón, Gigante, Guadalupe, La Argentina, Paicol, La Plata, Pital, Suaza, y Tesalia, el segundo con residencia en Pitalito, y jurisdicción en los Municipios de Elías, Oporapa, Pitalito Saladoblanco, San Agustín, San José de Isnos, Tarqui y Timana. El tercero con residencia en Florencia y jurisdicción en toda la intendencia del Caquetá. 11º Departamento del Magdalena El de Santamaría, dos (2), con residencia en Santamaría con jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de El Banco, uno (1), con residencia en todo El Banco jurisdicción en todo el Distrito Judicial. En el Valledupar, dos (2), con residencia en Valledupar jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 12º Departamento de Meta El de Villavicencio, dos (2), con residencia en Villavicencio jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 13º Departamento de Nariño El de Pasto, tres (3), con residencia en Pasto jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Ipiales, uno (1), con residencia en Ipiales y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Tumaco, uno (1), con residencia en Tumaco y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 14º Departamento del Norte de Santander El de Cúcuta, cuatro (4), con residencia en Cúcuta y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Ocaña, uno (1), con residencia en Ocaña y jurisdicción en todo el distrito Judicial. El de Pamplona, uno (1) con residencia en Pamplona y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 15º Departamento de Santander El de Bucaramanga, cuatro (4) con residencia en Bucaramanga y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de Barrancabermeja, uno (1) con residencia en Barrancabermeja y jurisdicción en todo el distrito judicial El de, San Gil, uno (1) con residencia en San Gil y jurisdicción en todo el Distrito Judicial El de, Socorro, uno (1) con residencia en Socorro y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Málaga, uno (1), con residencia en Málaga y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Vélez, dos (2), con residencia en Vélez y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. 16º Departamento del Tolima El de Ibagué, tres, (3), con residencia en Ibagué y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Espinal, tres. (3), con residencia en Espinal y jurisdicción. En todo el Distrito Judicial. El de Chaparral, dos (2), con residencia en Chaparral y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Honda, tres (3). Los dos primeros con residencia en Honda y jurisdicción en los Municipios Casablanca, Falan, Fresno, Herveo, Honda, Mariquita, y Villahermosa, y el tercero, con residencia en Armero y jurisdicción en los Municipios de Armero, Ambalema, Lérida y Líbano. 17º Departamento del Valle del Cauca El de Cali, cinco (5), los cuatro primeros con residencia en Cali y jurisdicción en los Municipios de Cali, Dagua, Jamundí, La Cumbre y Yumbo. El quinto con residencia y jurisdicción en el Municipio de Buenaventura. El de Buga, dos con residencia en Buga y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Cartago, tres (3), con residencia en Cartago y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Palmira, dos (2), con residencia en Palmira y jurisdicción en todo el Distrito Judicial. El de Tulúa, cuatro (4). Los tres primeros con residencia en Tulúa y jurisdicción en los Municipios de Andalucía, Buga la Grande, Riofrío, Trujillo y Zarzal. El cuarto con residencia en Sevilla y jurisdicción en los Municipios de Caicedonia y Sevilla

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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