Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones al el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público . Gastos de Administración, auxilios y otros. CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. 001. Del artículo 1034 . Para sueldos del personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en el año $ 50.000.00 Suman los contracréditos $ 50.000.00 CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. 001. Al artículo 1036 . Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la Administración, en la presente vigencia y anteriores $ 50.000.00 Suman los créditos $ 50.000.00
Decreto 2485 de 1956 →Vigente
Artículo 1034
Decreto 2485 de 1956 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.