Micelio

Artículo 2

Ley 114 de 1896 · por la cual se da una autorización para la instrucción de la policía nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.º El Gobierno reglamentará la manera como el empleado de que se trata retribuya el país, á su regreso, las erogaciones que á este respecto se hagan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 114 de 1896