Los empleados militares y civiles que sean trasladados o que viajen en comisión del servicio, tendrán derecho a los pasajes, porcentajes y auxilios personales determinados en el artículo 1º del presente Decreto.
Decreto 1360 de 1937 →Vigente
Artículo 13
Los Empleados Militares Y Civiles Que Sean Trasladados O Que Viajen En Comisión Del Servicio, Tendrán Derecho A Los Pasajes, Porcentajes Y Auxilios Personales Determinados En El Artículo 1º Del Presente Decreto
Decreto 1360 de 1937 · Por el cual se reglamentan los auxilios de marcha y expedición de pasaportes en el ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.