Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Agricultura Y Ganaderia Capítulo 45

Decreto 647 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Agricultura y Ganadería).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Capítulo 45. Del artículo 537. Para lodos aquellos gastos que demande el fomento y desarrollo de la agricultura en el país, de acuerdo con el Plan Quinquenal (Ley 5ª de 1945), y que no estén contemplados en los artículos anteriores, en el año $ 19.800.00 Capítulo 45. Al artículo 557. Para sueldos del personal, en el año (Subestación de Papa, Tabio) $ 19.800.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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