Micelio

Artículo 106

Si En El Momento De Efectuarse Reunión O Desfile Previamente Anunciados, Se Advierte Que Las Personas Llevan Armas, O Cualesquiera Otros Objetos Que Puedan Utilizar Para Agredir A Otros O Para Dañar La Propiedad Pública O Privada, Se Procederá A Retirar Inmediatamente A Retirar Tales Armas U Objetos A Las Personas Que Las Porten O A Disolver La Reunión O El Desfile, Según Las Circunstancias

Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si en el momento de efectuarse reunión o desfile previamente anunciados, se advierte que las personas llevan armas, o cualesquiera otros objetos que puedan utilizar para agredir a otros o para dañar la propiedad pública o privada, se procederá a retirar inmediatamente a retirar tales armas u objetos a las personas que las porten o a disolver la reunión o el desfile, según las circunstancias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1355 de 1970