°. Pago de mesadas pensionales, cuotas partes pensionales, bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales . La nación, a través del Presupuesto General de la Nación – Ministerio del Trabajo, asignará los recursos necesarios para pagar las mesadas pensionales, cuotas partes pensionales, bonos pensionales y cuotas partes de bonos pensionales a cargo del municipio de Armero Guayabal, de aquellos exfuncionarios cuya pensión se causó por tiempos servidos al extinto municipio de Armero.
Decreto 2622 de 2014 →Vigente
Artículo 2
Pago De Mesadas Pensionales, Cuotas Partes Pensionales, Bonos Pensionales Y Cuotas Partes De Bonos Pensionales
Decreto 2622 de 2014 · por el cual se reglamentan los artículos 3° y 4° de la Ley 1478 de 2011, en relación con el pago por cuenta de la nación, del pasivo pensional trasladado del extinto municipio de Armero al municipio de Armero Guayabal, Tolima.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.