Artículo único. Adscríbese al Ministerio de Industrias el cumplimiento de la Ley 10 de 1927, por la cual se toman algunas medidas para la protección de los Territorios del Caquetá y Putumayo.
Decreto 397 de 1928 →Vigente
Artículo 3
Decreto 775 De 1928 Comuníquese Y Publíquese
Decreto 397 de 1928 · Por el cual se adscribe al Ministerio de Industrias el cumplimiento de una Ley
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.