: Son funciones de la Sección de Caza y Pesca
Adelantar estudios para determinar las especies existentes en el país;
Determinar la riqueza, la capacidad de producción y las posibilidades de explotación técnica de la Caza y la Pesca en el país;
Elaborar proyectos para la campañas y servicios que sobre Caza y pesca deba adelantar el Ministerio u otros organismos públicos o privados;
Reglamentar la explotación técnica de los recursos de caza y pesca en el país y fijar normas sobre su vigilancia;
Elaborar programas para la conservación y multiplicación de especies susceptibles de desaparecer en el país;
Reglamentar la explotación industrial y comercial de las pesca en aguas territoriales y dar normas para la concesión de licencias y patentes.
Reglamentar la caza y la pesca de carácter deportivo, determinando sitios, épocas, especies, tamaños e instrumentos apropiados;
Elaborar programas de adiestramiento de personal técnico y coordinación a su ejecución con las Divisiones de Personal y Extensión Agropecuaria;
Preparar material educativo de carácter técnico en coordinación con la División de Extensión Agropecuaria y colaborar en su publicación con la División de Servicios Generales;
Prestar asistencia técnica a entidades u organismos que las soliciten;
Coordinación su actividades con las demás dependencias del Ministerio y organismos que adelante estudios o desarrollen programas sobre caza y pesca;
Rendir informes periódicos al jefe de la División sobre los trabajos rezados en la Sección; ll) Suministrar información técnica al público. X-DE LA DIVISIÓN DE TIERRAS