Micelio

Artículo 635

, Del Presupuesto Vigente, Destínanse $ 7,500 Que Se Situarán En La Administración De Hacienda Nacional De Medellín, Para Atender A Los Gastos Que Verifique La Secretaría De Higiene De Antioquia En Adelantar Las Obras Ya Iniciadas En Dicho Departamento Para Incrementar La Campaña Contra La Tuberculosis, Dando Preferencia A La Continuación Del Dispensario Y Hospital Sanatorio De Támesis

Decreto 1702 de 1938 · Por el cual se destina una partida para lucha antituberculosa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Con cargo al capítulo 74, artículo 635, del Presupuesto vigente, destínanse $ 7,500 que se situarán en la Administración de Hacienda Nacional de Medellín, para atender a los gastos que verifique la Secretaría de Higiene de Antioquia en adelantar las obras ya iniciadas en dicho Departamento para incrementar la campaña contra la tuberculosis, dando preferencia a la continuación del Dispensario y Hospital Sanatorio de Támesis. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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