El solicitante de visa, salvo las excepciones previstas en este decreto, deberá
Presentar su pasaporte vigente, en buen estado, y fotocopia del mismo.
Diligenciar correctamente el formulario de solicitud.
Anexar los requisitos para la visa que solicita.
Certificado médico cuando por razones de sanidad, así lo requiera el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Cualquier inexactitud en los datos contenidos en la solicitud será causal de rechazo de la misma de inadmisión al territorio nacional o denegación o cancelación de la visa, según el caso.
Todo documento expedido en el exterior deberá ser debidamente traducido, y autenticado ante el respectivo funcionario consular de la República y legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido por las normas del Código de Procedimiento Civil.