Micelio

Artículo 14

Decreto 2000 de 1991 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de las Bolsas de Productos Agropecuarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las ofertas y negocios realizados en las Ruedas de Negocios y los registrados ante la Bolsa de Productos Agropecuarios, deberán anunciarse a través de un medio de difusión que permita de manera clara su examen por los asistentes a la Rueda. Además, esa información se dará a conocer mediante boletín que la Bolsa de Productos Agropecuarios elaborará, distribuirá a sus miembros y ordenará publicar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva Rueda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2000 de 1991