Los recursos adicionales por $3.1 billones destinados a atender los gastos relacionados con el sector agropecuario, la familia campesina y sector rural que se atenderán con la ley de financiamiento de que trata el artículo 347 de la Constitución Política, permanecerán en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta que el Gobierno Nacional defina el alcance y destino de los mismos. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público hará las operaciones presupuestales necesarias para colocar en las entidades ejecutoras los recursos según corresponda a sus competencias.
Ley 1687 de 2013 →Vigente
Artículo 91
Ley 1687 de 2013 · por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2014.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.