Si en las apropiaciones para los gastos mensuales hubiere deficiencias por falta de fondos, o se presentare un déficit de tesorería, la prelación será la siguiente:
1° Justicia y cárceles.
2° Administración Pública.
3° Educación, Higiene, Beneficencia, y Asistencia Pública, y auxilios para éstas.
4° Obras Públicas.
5° Servicio de deuda interna.
6° Servicio de deuda externa (incluida en el Presupuesto).
7° Demás auxilios.