Micelio

Artículo 13

Ley 44 de 1933 · SOBRE PRESUPUESTO NACIONAL DE RENTAS Y GASTOS PARA EL PERIODO FISCAL DE 1° DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 1934

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si en las apropiaciones para los gastos mensuales hubiere deficiencias por falta de fondos, o se presentare un déficit de tesorería, la prelación será la siguiente:

1° Justicia y cárceles.

2° Administración Pública.

3° Educación, Higiene, Beneficencia, y Asistencia Pública, y auxilios para éstas.

4° Obras Públicas.

5° Servicio de deuda interna.

6° Servicio de deuda externa (incluida en el Presupuesto).

7° Demás auxilios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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