El explotador está en la obligación de suministrar a los trabajadores todos los elementos de protección personal necesarios de acuerdo con las actividades que realicen y tener a su disposición equipos de primeros auxilios.
Entre los elementos de protección personal se encuentran: cascos, overoles, guantes, botas con puntera metálica, mascarillas contra polvo, caretas de soldador y cinturones de seguridad, protectores auditivos y gafas de seguridad, según el riesgo.