Artículo séptimo. El Gobierno queda facultado para efectuar los traslados que sean necesarios, con el fin de darle cumplimiento al presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 156 de 1964 →Vigente
Artículo 7
Decreto 156 de 1964 · Por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Salud Pública, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.