La Autoridad Competente Recibirá La Infraestructura De Transporte Construida De Que Trata El Presente Decreto Mediante Acta Que Suscribirá Con El Interesado, En La Que Se Dejará Constancia De Que La Infraestructura Se Transfiere A Favor Del Estado A Título Gratuito
Decreto 942 de 2014 · por medio del cual se establecen las condiciones que deben cumplir las autoridades para otorgar a los particulares los permisos que requieren para el desarrollo de proyectos de infraestructura de transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. La autoridad competente recibirá la infraestructura de transporte construida de que trata el presente decreto mediante acta que suscribirá con el interesado, en la que se dejará constancia de que la infraestructura se transfiere a favor del Estado a título gratuito.
Parágrafo
El Ministerio de Transporte adoptará, en un plazo no mayor a noventa (90) días, un formato único de acta de recibo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.