Micelio

Artículo 1.3.1.7

Circular 100-000006 de 2021 · Circular 100-000006 de 3 de mayo de 2021

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Respecto de los productos deberá indicarse si son de fabricación nacional o importados y si cuentan con el correspondiente registro ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos-INVIMA-, para efecto de su comercialización, si aplica. En caso afirmativo se deberá indicar el número del registro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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