Micelio

Artículo 10

Extiéndese A 15 Años El Término De Prescripción Extintiva Del Dominio O Propiedad A Que Se Refiere El Artículo 6º De La Ley 200 De 1936, Para Aquellos Predios Rurales En Los Cuales Se Compruebe Que Han Celebrado, Antes Del 1º De Enero De 1947, Contratos De Arrendamiento Que Cubran Por Lo Menos La Tercera Parte De La Extensión Inculta Del Respectivo Predio, En La Condiciones Que Se Expresan En Los Artículos Anteriores

Decreto 2365 de 1944 · Sobre régimen de tierras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Extiéndese a 15 años el término de prescripción extintiva del dominio o propiedad a que se refiere el artículo 6º de la ley 200 de 1936, para aquellos predios rurales en los cuales se compruebe que han celebrado, antes del 1º de enero de 1947, contratos de arrendamiento que cubran por lo menos la tercera parte de la extensión inculta del respectivo predio, en la condiciones que se expresan en los artículos anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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