El Director General de Aduanas queda autorizado para preparar, de acuerdo con el Departamento de Contraloría, esqueletos y modelos de manifiestos para el despacho de equipaje, que faciliten las respectivas operaciones causando a los viajeros la menor molestia. La mercancía exenta de derechos que venga dentro de los equipajes será despachada sin demora y sin necesidad de manifiestos de aduana. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 25/10/1984
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.