Micelio

Artículo 30

En Los Distrito Militares A Los Cuales Corresponda Acuartelas Para Los Cuerpos De Tropa Y Demás Reparticiones Militares, Se Efectuarán Dos Correrías Al Año, O Sea, Una Por Cada Subdistrito, Siempre Que La Incorporación De Los Contingentes De Reemplazo Se Efectúe Semestralmente

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Distrito Militares a los cuales corresponda acuartelas para los Cuerpos de Tropa y demás reparticiones militares, se efectuarán dos correrías al año, o sea, una por cada subdistrito, siempre que la incorporación de los contingentes de reemplazo se efectúe semestralmente. Cuando la incorporación sea únicamente anual harán una sola correría de reclutamiento en todo el Distrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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