Micelio

Artículo 25

De La Sección De Reglamentación Y Registro Sindical

Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la Sección de Reglamentación y Registro Sindical. Corresponde a la Sección de Reglamentación y Registro Sindical desarrollar las siguientes funciones

a)

Estudiar los asuntos que las asociaciones sindicales sometan a consideración de la División en cumplimiento de las disposiciones legales sobre reconocimiento de personerías jurídicas, adopción y reformas de estatutos y otros negocios similares;

b)

Estudiar y tramitar los recursos de apelación contra resoluciones relacionadas con la aprobación o improbación de elecciones y designaciones de cargos en las juntas directivas de las organizaciones sindicales de primero y segundo grado proferidas por inspectores de trabajo no adscritos a Divisiones Departamentales de trabajo;

c)

Estudiar y tramitar las solicitudes de aprobación de elecciones y designaciones de cargos de jutas directivas en organizaciones sindicales de tercer grado;

d)

Preparar material instructivo sobre asuntos sindicales en colaboración con la División de Instrucción y Capacitación Laboral;

e)

Adelantar los estudios necesarios para la realización del censo sindical y su actualización periódica;

f)

Dirigir el funcionamiento del registro sindical y disponer los procedimientos para llevarlo técnicamente;

g)

Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de reglamentación y registro sindicales, y adelantar las investigaciones administrativas a que hubiere lugar;

h)

Preparar las documentaciones e informes indispensables para el estudio y decisión de las solicitudes sobre ilegalidad de ceses de actividades;

i)

Estudiar los problemas y necesidades del país en materia de reglamentación y registro sindicales y sugerir las modificaciones que estime pertinentes;

j)

Estimular la organización de los trabajadores y el entendimiento de las organizaciones de trabajadores entre sí, con los empleadores y con el Gobierno;

k)

Absolver las consultas que sobre reglamentación y registro sindicales le sean formuladas a la División;

l)

Estudiar y tramitar las solicitudes de aprobación de estatutos de aquellos organismos creados y fomentados por las asociaciones sindicales, y ll) Adelantar las investigaciones relacionadas con la fusión de las organizaciones sindicales, paralelismo y el establecimiento de la representación sindical para efectos de negociación colectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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