Art. 2.° Sobre las bases aprobadas por el presente decreto, pude el Poder Ejecutivo celebrar el contrato a que ellos se refieren. El contrato que se celebre se llevará a cabo i tendrá cumplidos efectos para ambas partes contratantes, sin necesidad de posterior aprobacion del Congreso.
Decreto 18720617 de 1872 →Vigente
Artículo 2
Decreto 18720617 de 1872 · aprobatorio de las bases de un contrato.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.