Articulo 4º Quedan suspendidas las disposiciones legales que sean contrarias a lo dispuesto en este Decreto, el cual regirá desde su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1858 de 1951 →Vigente
Artículo 4
Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Que Sean Contrarias A Lo Dispuesto En Este Decreto, El Cual Regirá Desde Su Publicación En El Diario Oficial
Decreto 1858 de 1951 · Por el cual se dictan unas disposiciones penales y de la Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.