Micelio

Artículo 4071

Para Pago De Profesores, Por Horas, Para Las Distintas Materias $ 23

Decreto 1663 de 1960 · Por el cual se distribuye una partida

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, para organización de Cursos Pedagógicos de Capacitación y Perfeccionamiento, para profesores de los establecimientos de educación dependientes de la División de Educación Femenina, se distribuye así: Capítulo 390, articulo 4071. Para pago de profesores, por horas, para las distintas materias $ 23.000.00 Para material de enseñanza 2.000 00 Para gastos imprevistos 5.000.00 Total $ 30.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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