Micelio

Artículo 5

Ley 2614 de 2026 · Por medio del cual se rinde homenaje a los artesanos y las artesanas boyacenses como protectores de la huella inmemorial, cultural y ancestral de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en coordinación con las entidades territoriales que conforman "La ruta de artesanos", llevarán a cabo la construcción de monumentos utilizando las técnicas, los materiales y residuos provenientes de las prácticas artesanales mencionadas anteriormente. La definición de los monumentos a construir así como los procesos constructivos contará con la participación de los artesanos en cada territorio.

Esta iniciativa tiene como propósito exaltar la labor y la figura de los artesanos y las artesanas boyacenses, promoviendo al mismo tiempo un enfoque de sostenibilidad que favorezca lógicas concernientes a la economía circular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2614 de 2026