Micelio

Artículo 2

Ley 54 de 1941 · Por la cual se hace la adjudicación de unos baldíos al Municipio de Cali y se le cede el derecho de dominio sobre un inmueble

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estos baldíos son los comprendidos dentro de los siguientes límites: Norte, "divortium aquarum". entre las vertientes de las quebradas El Socorro, Felidia, río Las Nieves, río Cali y sus afluentes, y las vertientes del río Dagua (de la vertiente del Pacífico), y el río Aguacatal, en el río Cali; Sur, "divortium aquarum", entre las vertientes de la quebrada Pichindecito, río Pichindé, río Cali y sus afluentes, y la quebrada de Cañaveralejo, río Meléndez y río Pance; Occidente, "divortium aquarum", entre las vertientes de las quebradas El Socorro, Felidia, río Las Nieves, Pichindé, Pichindecito y sus afluentes, y las aguas de la vertiente del Pacífico; y Oriente, una línea recta que, partiendo del Cerro de los Cristales va a la confluencia de los ríos Cali y Aguacatal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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