°. Prorrogar hasta el día 1° de junio del año 2014, el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo 13 transitorio del Decreto 1159 de 2012, para efectuar las adecuaciones procedimentales y técnicas que se requieran, por parte de la U. A. E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las entidades financieras y la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, para dar cumplimiento a las disposiciones del citado decreto.
Decreto 1101 de 2013 →Vigente
Artículo 1
Prorrogar Hasta El Día 1° De Junio Del Año 2014, El Plazo A Que Se Refiere El Inciso Primero Del Artículo 13 Transitorio Del Decreto 1159 De 2012, Para Efectuar Las Adecuaciones Procedimentales Y Técnicas Que Se Requieran, Por Parte De La U
Decreto 1101 de 2013 · por el cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 13 del Decreto número 1159 de 2012, "por medio del cual se reglamenta el artículo 376-1 del Estatuto Tributario".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.