Artículo Sexto. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto, trasladará a las apropiaciones del Capítulo 572, artículos 5714 a 5718, y Capítulo 580, artículo 5984, del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, los saldos de las partidas apropiadas para el pago de arrendamientos en los demás Ministerios y Departamentos Administrativos, especialmente los de las apropiaciones que se refieren a los artículos 219, 2055, 3113, 3146, 3917 y 3949 del Presupuesto de Gastos de la Nación.
Decreto 1437 de 1960 →Vigente
Artículo 5984
, Del Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas, Los Saldos De Las Partidas Apropiadas Para El Pago De Arrendamientos En Los Demás Ministerios Y Departamentos Administrativos, Especialmente Los De Las Apropiaciones Que Se Refieren A Los Artículos 219, 2055, 3113, 3146, 3917 Y 3949 Del Presupuesto De Gastos De La Nación
Decreto 1437 de 1960 · Por el cual se dictan disposiciones sobre tramitación de contratos de arrendamiento de inmuebles para el servicio de la Administración Pública Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.