Micelio

Artículo 1

Ley 67 de 1914 · Que crea una Escuela de Suboficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. El año próximo venidero, se establecerá una Escuela de Suboficiales, destinada a preparar convenientemente los que puedan necesitarse para todas las unidades de las diferentes ramas del Ejército.

La Dirección de dicha Escuela estará a cargo de un Sargento Mayor o un Capitán designado por el Ministerio de Guerra.

Parágrafo

Las partidas necesarias para dar cumplimiento a esta Ley se considerarán incluídas en los respectivos Presupuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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