Micelio

Artículo 9

Ley 160 de 1896 · Por la cual se aumentan algunas contribuciones nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las mercaderías que vinieren dentro de los equipajes de los viajeros, aun cuando dichos equipajes no alcancen el límite de ciento cincuenta kilogramos de peso, pagarán derechos conforme á la clase 16°.

Parágrafo

Todo artesano ó agricultor que viniere á trabajar en el país tiene derecho á introducir, además de su equipaje, hasta cien kilogramos de peso libres de impuesto, y las herramientas necesarias para su oficio á juicio del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 160 de 1896