Micelio

Artículo 2.4.1.8.11.1

Mesa De Coordinación Interinstitucional

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mesa de Coordinación Interinstitucional. El Programa de Protección Integral se coordinará de manera permanente, y en lo que corresponda, con el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política (SISEP), y su Instancia de Alto Nivel, conforme a lo contemplado en los artículos 3° y 12 del Decreto Ley 895 de 2017 a través del establecimiento de la Mesa de Coordinación Interinstitucional, como mecanismo de la Instancia de Alto Nivel para interlocutar, impulsar y hacer seguimiento eficiente, oportuno y focalizado a la población objeto del presente Programa de Protección Integral. La Instancia de Alto Nivel, conforme con lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ley 895 de 2017, emitirá a esta Mesa las recomendaciones técnicas para la implementación de los componentes, medidas y acciones específicas, con el fin de brindar una respuesta coordinada entre las diferentes entidades con competencia.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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