Los Inspectores Nacionales del Trabajo y ; los Inspectores Seccionales, Auxiliares y Subinspectores podrán asignarse transitoriamente, por medio de .Resoluciones, a dependencias distintas de las señaladas en este; Decreto, cuando ello sea necesario para.la buena marcha del Departamento Nacional del Trabajo.
Para determinar la residencia de estos funcionarios y el radio de su jurisdicción, se tendrá en cuenta las zonas de mayor desarrollo industrial y más densa concentración obrera.