Decreto 2166 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 2o. Objetivos. - El Instituto Nacional de Salud es la autoridad técnica en relación con las siguientes materias
1.
Ejecución, promoción, orientación y coordinación de la investigación científica en salud y en biomedicina;
2.
Desarrollo, aplicación y transferencia científica y tecnológica en las áreas de su competencia; 3 Prestación del servicio de Laboratorio de Referencia Nacional en las áreas de su competencia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.