Micelio

Artículo 35

Decreto 1456 de 1969 · por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Cancerología y se adscriben al mismo unas funciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director del Instituto y los representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva, se posesionarán ante el Ministro de Salud Pública. Los demás funcionarios o empleados del Instituto lo harán conforme al reglamento interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1456 de 1969