° El Concejo determinará, de acuerdo a la tabla señalada en el artículo anterior, la asignación mensual que devengará su respectivo Alcalde a partir del 1° de enero de 1991.
Decreto 2520 de 1990 →Vigente
Artículo 2
El Concejo Determinará, De Acuerdo A La Tabla Señalada En El Artículo Anterior, La Asignación Mensual Que Devengará Su Respectivo Alcalde A Partir Del 1° De Enero De 1991
Decreto 2520 de 1990 · por el cual se establecen los valores máximos y mínimos dentro de los cuales los Concejos del Distrito Especial de Bogotá y Municipales deben fijar las asignaciones de sus respectivos Alcaldes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.