El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 4978 de 2007 →Vigente
Artículo 18
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 4978 de 2007 · por la cual se reglamenta el artículo 59 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.